Ley de Unificación de Fueros y Juicio Unipersonal (Ley de Unificación de Fueros y Juicio Unipersonal) Nacional
Ley de Unificación de Fueros y Juicio Unipersonal Nacional
- Artículo 1. Los Juzgados Nacionales en lo Criminal de Instrucción y los Juzgados...
- Artículo 2. Los Juzgados Nacionales en lo Criminal y Correccional conocerán en los casos...
- Artículo 3. Dispónese la disolución de una de las Secretarías de los ex Juzgados...
- Artículo 4. Los funcionarios y empleados de las Secretarías disueltas serán reubicados...
- Artículo 5. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional establecerá...
- Artículo 6. Los Tribunales Orales en lo Criminal se denominarán Tribunales Orales en lo...
- Artículo 7. Los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional juzgarán, de forma...
- Artículo 8. Los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional se integrarán con un (1)...
- Artículo 9. Los Tribunales Orales de Menores se integrarán con un (1) solo juez: a)...
- Artículo 10. En aquellos supuestos de los artículos 8° y 9° en los que intervenga...
- Artículo 11. Sustitúyese el artículo 24 del Código Procesal Penal de la Nación,...
- Artículo 12. Sustitúyese el artículo 25 del Código Procesal Penal de la Nación,...
- Artículo 13. Sustitúyese el artículo 26 del Código Procesal Penal de la Nación,...
- Artículo 14. Sustitúyese el artículo 28 del Código Procesal Penal de la Nación,...
- Artículo 15. Sustitúyese el artículo 349 del Código Procesal Penal de la Nación,...
- Artículo 16. Sustitúyese el artículo 351 del Código Procesal Penal de la Nación,...
- Artículo 17. Sustitúyese el artículo 354 del Código Procesal Penal de la Nación,...
- Artículo 18. Sustitúyese el artículo 2°, de la ley 24.050 y sus...
- Artículo 19. Sustitúyese el artículo 12, de la ley 24.050 y sus modificatorias,...
- Artículo 20. Sustitúyese el artículo 18, de la ley 24.050 y sus modificatorias,...
- Artículo 21. Sustitúyese el artículo 22, de la ley 24.050 y sus modificatorias,...
- Artículo 22. A los efectos de la presente ley, las menciones referidas a los Juzgados...
- Artículo 23. Derógase el artículo 27 del Código Procesal Penal de la Nación,...
- Artículo 24. Derógase el artículo 44 del decreto - ley 1.285/58, ratificado por...
- Artículo 25. Derógase el artículo 23 de la ley 24.050
- Artículo 26. Las causas actualmente en trámite ante los ex Juzgados Nacionales en lo...
- Artículo 27. Las causas que se encuentren en etapa de juicio ante los ex Juzgados...
- Artículo 28. Las disposiciones sobre la realización de los juicios unipersonales serán de...
- Artículo 29. Las actuales fiscalías y defensorías que se desempeñan ante los ex Juzgados...
- Artículo 30. Las erogaciones necesarias para la implementación de la presente ley se...
- Artículo 31. La Corte Suprema de Justicia de la Nación y el Consejo de la Magistratura,...
- Artículo 32. A los efectos de dar cumplimiento con las disposiciones de la presente ley,...
- Artículo 33. La presente ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación...
- Artículo 34. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias
Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
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