Ley de Procedimiento Administrativo Artículo 232 Provincia del Chubut
Ley de Procedimiento Administrativo Chubut
Artículo 232.
El sumariante notificará al agente designado como perito, imponiéndolo de los puntos sobre los cuales deberá expedirse, y se fijará un plazo razonable para la presentación de su informe.
Provincia del Chubut Artículo 232 Ley de Procedimiento Administrativo LEY I - N° 18 (Antes Ley 920), 1 de Junio de 2010
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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
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