Ley de Entidades Financieras (Ley de Entidades Financieras) Nacional
Ley de Entidades Financieras Nacional
- Artículo 1. Quedan comprendidas en esta Ley y en sus normas reglamentarias las personas...
- Artículo 2. Quedan expresamente comprendidas en las disposiciones de esta Ley las...
- Artículo 3. Las disposiciones de la presente Ley podrán aplicarse a personas y entidades...
- Artículo 4. El Banco Central de la República Argentina tendrá a su cargo la aplicación...
- Artículo 5. La intervención de cualquier otra autoridad queda limitada a los aspectos...
- Artículo 6. Las autoridades de control en razón de la forma societaria, sean nacionales...
- Artículo 7. Las entidades comprendidas en esta Ley no podrán iniciar sus actividades sin...
- Artículo 8. Al considerarse la autorización para funcionar se evaluará la conveniencia...
- Artículo 9. Las entidades financieras de la Nación, de las provincias y de las...
- Artículo 10. No podrán desempeñarse como promotores, fundadores, directores,...
- Artículo 11. A los efectos de la presente Ley, se considerará que una entidad financiera...
- Artículo 12. Se considerarán entidades financieras nacionales las entidades financieras...
- Artículo 13. La autorización para actuar como entidad financiera a empresas consideradas...
- Artículo 14. Todo aumento de participación de capital en entidades financieras, excepto...
- Artículo 15. Los directorios de las entidades constituídas en forma de sociedad anónima...
- Artículo 16. La apertura de filiales en el territorio nacional por parte de las entidades...
- Artículo 17. Para la apertura de filiales o cualquier tipo de representación en el...
- Artículo 18. Las cajas de crédito cooperativas deberán ajustarse a los siguientes...
- Artículo 19. Las denominaciones que se utilizan en esta Ley para caracterizar las...
- Artículo 20. Las operaciones que podrán realizar las entidades enunciadas en el artículo...
- Artículo 21. Los bancos comerciales podrán realizar todas las operaciones activas,...
- Artículo 22. Los bancos de inversión podrán: a) Recibir depósitos a plazo; b)...
- Artículo 23. Los bancos hipotecarios podrán: a) Recibir depósitos de participación...
- Artículo 24. Las compañías financieras podrán: a) Recibir depósitos a plazo; b)...
- Artículo 25. Las sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda u otros inmuebles...
- Artículo 26. Las cajas de crédito cooperativas podrán: a) Recibir depósitos a la...
- Artículo 27. Las entidades comprendidas en esta Ley podrán acordar préstamos y comprar y...
- Artículo 28. Las entidades comprendidas en esta ley no podrán: a) Explotar por...
- Artículo 29. Las entidades podrán ser titulares de acciones de otras entidades...
- Artículo 30. Las entidades comprendidas en esta Ley se ajustarán a las normas que se...
- Artículo 31. Las entidades deberán mantener las reservas de efectivo que se establezcan...
- Artículo 32. Las entidades mantendrán los capitales mínimos que se establezcan.
- Artículo 33. Las entidades deberán destinar anualmente al fondo de reserva legal la...
- Artículo 34. La entidad que no cumpla con las disposiciones de este título o con las...
- Artículo 35. La entidad que no cumpla con las disposiciones de este título o con las...
- Artículo 35 bis. Cuando a juicio exclusivo del Banco Central de la República Argentina,...
- Artículo 35 ter. La oportunidad, mérito y conveniencia de los actos adoptados por el BANCO...
- Artículo 36. La contabilidad de las entidades y la confección y presentación de sus...
- Artículo 37. Las entidades financieras deberán dar acceso a su contabilidad, libros,...
- Artículo 38. Cuando personas no autorizadas realicen operaciones de intermediación...
- Artículo 39. Las entidades comprendidas en esta Ley no podrán revelar las operaciones...
- Artículo 40. Las informaciones que el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA reciba o...
- Artículo 41. Quedarán sujetas a sanción por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA...
- Artículo 42. Las sanciones establecidas en los incisos 1) y 2) del artículo anterior,...
- Artículo 43. Cualquiera sea la causa de la disolución de una entidad comprendida en la...
- Artículo 44. El Banco Central de la República Argentina podrá resolver la revocación de...
- Artículo 45. El Banco Central de la República Argentina deberá notificar de inmediato y...
- Artículo 46. A partir de la notificación de la resolución que dispone la revocación de la...
- Artículo 47. La resolución que disponga la revocación de la autorización para funcionar...
- Artículo 48. El liquidador judicial deberá ser designado por el juez competente, conforme...
- Artículo 49. La liquidación judicial se realizará de acuerdo a las siguientes...
- Artículo 50. Las entidades financieras no podrán solicitar la formación de concurso...
- Artículo 51. Una vez que el juez interviniente declare la quiebra, ésta quedará sometida...
- Artículo 52. Habiéndose dispuesto las exclusiones previstas en el apartado II del...
- Artículo 53. Los fondos asignados por el Banco Central de la República Argentina y los...
- Artículo 54. A los efectos del artículo 793 del Código de Comercio, las certificaciones...
- Artículo 55. El Banco Central de la República Argentina, tendrá capacidad legal para...
- Artículo 56. Si alguna de las autorizadas comprendidas en esta ley entrase en...
- Artículo 56 bis. El juez que previno en el trámite de intervención judicial conocerá también...
- Artículo 57. Las entidades comprendidas en la presente Ley prestarán los servicios...
- Artículo 58. Las sociedades de crédito para consumo podrán transformarse en cajas de...
- Artículo 59. Durante el lapso indicado en el artículo anterior, dichas sociedades...
- Artículo 60. Las cajas de crédito deberán adecuar su operatoria a lo dispuesto en la...
- Artículo 61. Durante el lapso señalado en el artículo anterior y al solo efecto de sus...
- Artículo 62. Las cajas de crédito podrán transformarse en bancos comerciales manteniendo...
- Artículo 63. Dentro del año de promulgación de la presente Ley, deberá concretarse la...
- Artículo 64. Las remisiones contenidas en las Leyes 18.924 y 19.130 u otras disposiciones...
- Artículo 65. Deróganse la Ley 18.061 y complementarias y toda otra disposición que se...
- Artículo 66. La presente Ley comenzará a regir desde la fecha de aplicación de la Ley...
- Artículo 67. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y...
Otras regulaciones
Transferencia a título gratuito a favor de la provincia de Misiones el dominio de un inmueble Declaración de la Capital Nacional de Hidrocarburos No Convencionales Declaración a la ciudad de BelI Ville, provincia de Córdoba como Capital Nacional de la Pelota de Fútbol Procedimientos para la designación de jueces subrogantes, en caso de recusación, excusación, licencia, vacancia u otro impedimento de los jueces de primera instancia y de los integrantes de las cámaras de casación o de apelación, nacionales o federales. Alcances Formación de posgrado. Modificación de la Ley Nº 24.521Mejores juristas
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)
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