Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Artículo 107 Provincia de Santa Fe
Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Santa Fe
Artículo 107. Eutrofización
En cuerpos de agua que por sus características puedan estar sometidos a procesos de eutrofización que afecten a la biota acuática y la calidad del agua para diversos usos sustantivos tales como fuente de provisión de agua para consumo humano, irrigación, bebida animal y actividades recreativas con contacto directo e indirecto, la Autoridad de Aplicación y las Autoridades Competentes deberán:
a) Exigir el tratamiento para la remoción de nutrientes de toda descarga, ya sea de efluentes industriales, cloacales o de la producción agropecuaria, conforme los niveles mínimos establecidos en la normativa vigente;
b) Coordinar el control de la aplicación de fertilizantes y de prácticas agrícolas que aporten cantidades objetables de nutrientes a los cuerpos de agua en forma dispersa.
Provincia de Santa Fe Artículo 107 Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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