La mediación como instancia prejudicial para la resolución de conflictos (La mediación como instancia prejudicial para la resolución de conflictos) Provincia de Córdoba
La mediación como instancia prejudicial para la resolución de conflictos Provincia de Córdoba
- Artículo 1. Ámbito de aplicación
- Artículo 2. Carácter del proceso
- Artículo 3. Principios
- Artículo 4. Confidencialidad
- Artículo 5. Lugar de realización
- Artículo 6. Exclusiones
- Artículo 7. Mediación prejudicial optativa
- Artículo 8. Inicio. Formulario
- Artículo 9. Mediadores. Composición
- Artículo 10. Sorteo
- Artículo 11. Sistema informático de gestión. Domicilios. Oportunidad
- Artículo 12. Aceptación del cargo
- Artículo 13. Convocatoria
- Artículo 14. Notificaciones. Domicilio electrónico
- Artículo 15. Notificaciones. Domicilio real
- Artículo 16. Notificaciones. Contenido
- Artículo 17. Primera reunión. Efectos
- Artículo 18. Nueva reunión
- Artículo 19. Comparecencia
- Artículo 20. Mediación electrónica
- Artículo 21. Constancia de la reunión
- Artículo 22. Inasistencia. Sanción
- Artículo 23. Impugnación de la multa. Procedimiento
- Artículo 24. Honorarios
- Artículo 25. Solicitud de mediar sin gastos
- Artículo 26. Acta de cierre
- Artículo 27. Protocolización. Certificado de Cumplimiento del Proceso
- Artículo 28. Tasa de Justicia. Aportes
- Artículo 29. Acuerdo. Ejecutabilidad. Homologación
- Artículo 30. Duración máxima. Prórroga
- Artículo 31. Honorarios de letrados
- Artículo 32. Asistencia de expertos
- Artículo 33. Excusación
- Artículo 34. Recusación
- Artículo 35. Procedimiento
- Artículo 36. Notificaciones
- Artículo 37. Inasistencia. Sanción
- Artículo 38. Impugnación de la multa. Procedimiento
- Artículo 39. Acta de cierre. Remisión a la Autoridad de Aplicación. Protocolización
- Artículo 40. Mediaciones fuera de centros de mediación
- Artículo 41. Honorarios
- Artículo 42. Verificación de pago de tasa y aportes
- Artículo 43. Procedencia
- Artículo 44. Efectos
- Artículo 45. Homologación del acuerdo
- Artículo 46. Honorarios
- Artículo 47. Carácter
- Artículo 48. Requisitos
- Artículo 49. Centro Público de Mediación del Poder Ejecutivo
- Artículo 50. Integración
- Artículo 51. Competencia
- Artículo 52. Convenios
- Artículo 53. Centro Judicial de Mediación. Funciones. Organización
- Artículo 54. Mediaciones de práctica
- Artículo 55. Programas de mediación gratuita
- Artículo 56. Estadísticas
- Artículo 57. Mediadores. Requisitos
- Artículo 58. Prohibición. Inhabilidades
- Artículo 59. Formulario estadístico
- Artículo 60. Tribunal de Disciplina
- Artículo 61. Jueces de Paz
- Artículo 62. Autoridad de Aplicación. Atribuciones
- Artículo 63. Fondo de Financiamiento
- Artículo 64. Administración. Cuenta Especial
- Artículo 65. Integración
- Artículo 66. Ética profesional
- Artículo 67. Apertura de centros públicos de mediación
- Artículo 68. Modifícase el artículo 130 de la Ley Nº 8465 -Código Procesal...
- Artículo 69. Modifícase el artículo 182 de la Ley Nº 8465 -Código Procesal...
- Artículo 70. Modifícase el artículo 465 de la Ley Nº 8465 -Código Procesal...
- Artículo 71. Modifícase el artículo 485 de la Ley Nº 8465 -Código Procesal...
- Artículo 72. Modifícase el artículo 801 de la Ley Nº 8465 -Código Procesal...
- Artículo 73. Modifícase el artículo 101 de la Ley Nº 9459 -Código...
- Artículo 74. Modifícase el artículo 99 de la Ley Nº 10509 -Impositiva Año 2018-, el...
- Artículo 75. Modifícase el artículo 119 de la Ley Nº 10509 -Impositiva Año 2018-, el...
- Artículo 76. Derógase el artículo 120 de la Ley Nº 10509 -Impositiva Año 2018
- Artículo 77. Incorpórase como punto 7.- del artículo 122 de la Ley Nº 10509...
- Artículo 78. Derógase el punto 6.2.- del artículo 127 de la Ley Nº 10509 -Impositiva...
- Artículo 79. Exención de tasas
- Artículo 80. Implementación progresiva
- Artículo 81. Derogación
- Artículo 82. De forma
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
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