Creacion juzgado de genero (Creacion juzgado de genero) Provincia de Santiago del Estero
Creacion juzgado de genero Provincia de Santiago del Estero
- Artículo 1. Creación
- Artículo 2. Especialidad
- Artículo 3. Competencia
- Artículo 4. Conformación
- Artículo 5. Unidad Fiscal
- Artículo 6. Organización del funcionamiento
- Artículo 7. Colaboración interdisciplinaria
- Artículo 8. Reemplazo
- Artículo 9. Competencia de las demás circunscripciones
- Artículo 10. Normativa específica
- Artículo 11. Prohibición
- Artículo 12. Actuaciones penales
- Artículo 13. Hechos que no constituyan delitos
- Artículo 14. Denuncias
- Artículo 15. Derivación
- Artículo 16. Alzada
- Artículo 17. Causas anteriores
- Artículo 18. Implementación
- Artículo 19. Gastos
- Artículo 20. Modifícase el Artículo 5º de la Ley Nº 7.032 el que quedará...
- Artículo 21. Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº 6.990 el que quedará...
- Artículo 22. Comuníquese al Poder Ejecutivo
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
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