Constitución Artículo 290 Provincia del Neuquén
Constitución Neuquén
Artículo 290. Recursos propios
Son recursos propios del municipio:a. El impuesto a la propiedad inmobiliaria, conforme a las disposiciones del artículo 273, inciso b);
b. Los servicios retributivos, tasas y patentes;
c. La participación en los tributos que recaude la Nación o la Provincia por actividades realizadas dentro del municipio;
d. La contribución por mejoras en relación con la valorización del inmueble como consecuencia de una obra pública municipal;
e. Las multas y recargos por contravención a sus disposiciones;
f. Los fondos provenientes de las ventas de tierras fiscales que le correspondan;
g. El impuesto a la propaganda cuando, en razón del medio empleado, aquella no exceda los límites territoriales del municipio;
h. El producto del otorgamiento de concesiones para la explotación de servicios públicos, cuando se hagan por empresas o personas privadas;
i. Todos los demás que le atribuya la Nación, la Provincia o que resulten de convenios intermunicipales.
Provincia del Neuquén Artículo 290 Constitución
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El art. 141 establece la "Entrega del instrumento a personas distintas", eso quiere decir que si NADIE RESPONDE A LOS LLAMADOS DEL NOTIFICADOR, éste NO PODRÁ FIJAR LA CÉDULA. No confundir con el carácter BAJO RESPONSABILIAD DE LA PARTE.
ART 48 Y sig. ley Personal?
En el caso del art. 533 CPCC si se opta por iniciar juicio sumario al empleador por no querer recibir en reiteradas oportunidades oficios y cedulas de embargo de haberes, el mismo es una demanda totalmente nueva verdad?
Buenos días. Estoy con licencia y Recibí una carta documento del trabajo para que me presente al medico laboral el 06/03, la carta documento la recibí el 08/03( ya vencida) me comunique con rrhh y me dieron otra fecha para ir. Mi consulta es si tengo que responder esa carta documento por que decía que si no me presentaba en fecha me tomaban como esos días inasistencias(tengo certificado medico hasta el 20/03). La nueva fecha me la pasó rrhh por wassap.
Y en el caso de que el médico laboral me dijera que estoy apto para trabajar, hay alguna forma legal de pedir una 3ra opinión médica??? Muchas gracias
Para el REX no se debe pagar. Si para la Queja por REX denegado, y es actualmente de 300mil
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