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Constitución Artículo 256 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Neuquén
Artículo 256. Designació

El contador general y el tesorero de la Provincia serán nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura.

La ley de Contabilidad determinará sus calidades, atribuciones y deberes, las causas de remoción y las responsabilidades a que estarán sujetos. El contador observará todas las órdenes de pago que no estén encuadradas dentro de la Ley General de Presupuesto o leyes especiales, de la Ley de Contabilidad y demás imposiciones sobre la materia. Cuando faltare a sus obligaciones será personalmente responsable. El tesorero no podrá efectuar pagos que, además de ajustarse a otros recaudos legales, no hayan sido autorizados por el contador general. Será personalmente responsable en caso de infracción a esta disposición.

Provincia del Neuquén Artículo 256 Constitución
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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