Constitución Artículo 162 Provincia de La Rioja
Constitución La Rioja
Artículo 162. Atribuciones y Deberes
El Tribunal Superior tiene las siguientes atribuciones y deberes:Inciso 1.- Representa los órganos que desempeñan la Función Judicial y ejerce la superintendencia sobre sus órganos jurisdiccionales y administrativos que conforman la administración de justicia.
Inciso 2.- Nombra a los empleados y funcionarios de la Función Judicial, no pudiendo removerlos sin sumario previo.
Inciso 3.- Ejerce jurisdicción en el régimen interno de las cárceles.
Inciso 4.- Dicta el reglamento interno, atendiendo a los principios de celeridad, eficiencia y descentralización.
Inciso 5.- Interviene especialmente con facultades de superintendencia en las denuncias que las partes efectúen sobre "pérdida de la competencia de los jueces" y, acreditado que fuera la misma, comunica inmediatamente a l Consejo de la Magistratura para su intervención. Su omisión será motivo de juicio político.
Inciso 6.- Remite cada tres meses a la Cámara de Diputados y al Gobernador o Gobernadora una memoria del estado y necesidades de la administración de justicia.
Inciso 7.- Propondrá, anualmente, al Gobernador o Gobernadora el presupuesto de gastos de la administración de justicia para su consideración por la Legislatura, dentro del presupuesto general de la Provincia.
Inciso 8.- Semestralmente hace conocer a la Cámara de Diputados, a los fines de los controles intrapoderes, la cantidad de resoluciones y sentencias dictadas por cada tribunal y las recusaciones e inhibiciones de cada juez, los que deberán estar de acuerdo a los parámetros de gestión establecidos por el Tribunal Superior. A tales efectos, auditará periódicamente en el ejercicio de la superintendencia los distintos juzgados y tribunales, y podrá requerir los mismos informes al Ministerio Público.
Inciso 9.- Puede enviar a la Cámara de Diputados, con carácter de iniciativa, proyectos de leyes sobre organización y funcionamiento de la administración de justicia, de la policía judicial, y creación de servicios conexos como asimismo los códigos, leyes de procedimientos judiciales y sus modificaciones. En estos casos, el presidente del Tribunal Superior de Justicia o miembro que el Tribunal designe podrá concurrir a las comisiones legislativas o a la sesión de Cámara para fundar el proyecto o aportar datos e informes.
Provincia de La Rioja Artículo 162 Constitución 19 de Julio de 2024
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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