Constitución Artículo 158 Provincia de La Rioja
Constitución La Rioja
Artículo 158. Período de Designación. Validación. Concurso
Las y los jueces e integrantes del Ministerio Público, cuyas designaciones se realicen conforme al procedimiento previsto en el Artículo 181º durarán en sus funciones diez (10) años. Un año antes que concluya el período de designación, el Consejo de la Magistratura convocará a la jueza o al juez o miembro del Ministerio Público a un proceso de validación en el cargo por igual período, elevando a la Cámara de Diputados el pliego para su designación. En caso de no validar, cesará de pleno derecho al cumplirse el período y se procederá a un nuevo concurso.
Las y los jueces e integrantes del Ministerio Público podrán concursar de manera sucesiva hasta el límite de edad impuesto en esta Constitución.
Provincia de La Rioja Artículo 158 Constitución 19 de Julio de 2024
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ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?
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