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Constitución Artículo 82 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/07/2024

Constitución Jujuy
Artículo 82. CALIDAD EDUCATIVA

1. La educación estará dirigida a garantizar la inclusión, igualdad de oportunidades y equidad, para formar personas comprometidas con los valores democráticos, los derechos humanos, el cuidado y la protección del ambiente.

2. El Estado facilita el acceso, promueve la permanencia e incentiva el egreso de las personas al sistema educativo en los distintos niveles y modalidades, para lo que implementará políticas compensatorias y socio educativas.

3. El Estado garantizará el derecho a la educación con inclusión para las personas con discapacidad.

4. El Estado promoverá la formación inicial y continua de calidad para alcanzar la idoneidad en el desempeño de las tareas educativas, asegurando la carrera docente, vacaciones pagas y la estabilidad, en las condiciones que fije la ley.

5. El Estado garantizará que el sistema educativo incluya la educación sexual.

6. El Estado planifica, regula y supervisa la educación impartida en establecimientos estatales y no estatales, en las condiciones que fije la ley.

7. La educación será atendida con recursos determinados por ley y los demás asignados anualmente en el presupuesto provincial, los que no podrán ser utilizados para otros fines.

8. Los establecimientos educativos no estatales podrán ser apoyados económicamente por el Estado siempre que cumplan con las pautas y requisitos establecidos en las normativas correspondientes.



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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable


Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias


Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.


Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.


Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.


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