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Constitución Artículo 248 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/01/2025

Constitución Chubut
Artículo 248. OTRAS INMUNIDADES

Los legisladores, los magistrados del Poder Judicial, el Procurador General, el Defensor General, los fiscales y defensores, los ministros del Poder Ejecutivo, los miembros electivos de los municipios, los dirigentes y represen- tantes de sindicatos y organizaciones gremiales legítimamente constituídos gozan de completa inmunidad en sus personas y en sus domicilios desde el día su elección o nombramiento hasta el día de su cese y no pueden ser detenidos por ninguna autoridad, salvo el caso de ser sorprendidos in fraganti en la ejecución de un delito con pena privativa de la libertad. La detención se comunica con la información sumaria correspon diente dentro del término de dos horas: 1. Tratándose de legislador o funcionario sometido a juicio político, a la Legislatura. 2. En los casos de jueces y otros magistrados, al Tribunal de Enjuiciamiento. 3. Si se trata de miembros electivos de municipios, al cuerpo deliberativo respectivo. 4. Si son dirigentes o representates gremiales, a la entidad de su representación. En los casos de los incisos 1 y 2 el cuerpo dispone la libertad y allana los fueros del detenido. En los casos de los incisos 3 y 4 el cuerpo o la entidad corres pondiente, aconsejan la libertad o disponen su desafuero. En todos estos supuestos se consideran los antecedentes de cada uno sin perjuicio del funcionamiento del habeas corpus.

Provincia del Chubut Artículo 248 Constitución
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Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


Hola, puede una persona estar privada de su libertad sin tener centencia firme? Del 2019, le dieron 15 años ,apelaron y todavía no hay noticias de nada


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