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Código Procesal Penal Artículo 409 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/07/2025

Código Procesal Penal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 409. Condiciones de interposición. Domicilio

Los recursos deberán ser interpuestos, bajo pena de inadmisibilidad, en las condiciones de tiempo y forma que se determinan. Los defensores y mandatarios de la recurrente y los de las demás partes deberán constituir domicilio ante el Tribunal de alzada.Los primeros en el acto de interposición del recurso y los segundos dentro de los tres (3) días de notificados de su concesión. Ello bajo apercibimiento de tener por tal el constituido con anterioridad ante aquel estrado, si lo hubiese, o de tener por efectuadas las notificaciones que prevé el artículo 133, primera parte, en forma automática, el día siguiente de la fecha de la resolución.

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?


Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


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