Código Procesal Penal Artículo 163 Provincia de Santiago del Estero
Código Procesal Penal Santiago del Estero
Artículo 163. Renuncia o abreviación
La parte u otro interviniente a cuyo favor se hubiere establecido un plazo, podrá renunciarlo o consentir su abreviación mediante manifestación expresa.
Provincia de Santiago del Estero Artículo 163 Código Procesal Criminal y Correccional LEY 6.941, 11 de Mayo de 2009
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ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?
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