Código Procesal Penal Artículo 348 Provincia de Santa Fe
Código Procesal Penal Santa Fe
Artículo 348. Unidad de representación
Cuando los querellantes fueran varios, deberán actuar bajo una sola representación si acumularan sus pretensiones en un mismo juicio.
Provincia de Santa Fe Artículo 348 Código Procesal Penal
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 441. Comunicación Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 255. Comunicación inmediata Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 244. Normas supletorias Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 167. Registro Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 316. Dirección del debatePublique la información de sí mismo
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