Código Procesal Penal Artículo 117 Provincia de Santa Fe
Código Procesal Penal Santa Fe
Artículo 117. Libertad de la defensa
La defensa es completamente libre sin más restricciones que las impuestas por la ética, por el respeto debido a los jueces, a las partes y la observancia de las normas constitucionales y los trámites legales.
Provincia de Santa Fe Artículo 117 Código Procesal Penal
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 445. Contenido Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 249. Renovación o rectificación Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 239. Sustanciación Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 390. Queja por recurso denegado Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 221. Peligrosidad procesalPublique la información de sí mismo
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