Código Procesal Penal Artículo 433 Provincia de Salta
Código Procesal Penal Salta
Artículo 433. Procedencia
El Fiscal formulará requerimiento de remisión de la causa a juicio cuando, habiendo declarado el imputado o habiéndose negado a hacerlo en oportunidad de su citación, bajo sanción de nulidad, contare con elementos de convicción suficientes para sostener como probable la participación punible del imputado en el hecho que le fuera intimado.
Provincia de Salta Artículo 433 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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