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Código Procesal Penal Artículo 300 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Penal Salta
Artículo 300. Registro

Si hubiere motivos suficientes para presumir que en un determinado lugar se encuentran personas o existen cosas relacionadas con el delito, el Juez de Garantías ordenará, a requerimiento del Fiscal y por auto fundado, el registro del lugar. La orden será escrita y contendrá el nombre del comisionado y el lugar, día y hora en que la medida se deberá efectuar y, en su caso, la habilitación horaria que corresponda y la descripción de las cosas a secuestrar o de las personas a detener. Este último actuará ante la presencia de dos testigos y deberá labrar acta conforme a las formalidades dispuestas por este Código.

El Fiscal podrá disponer de la fuerza pública y proceder personalmente o delegar en sus funcionarios la diligencia.

Provincia de Salta Artículo 300 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...298 299 300 301 302 ...622

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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