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Código Procesal penal Artículo 74 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Código Procesal Penal Misiones
Artículo 74. Incapacidad Sobreviniente

Si durante el proceso sobreviene la incapacidad mental del imputado, el Tribunal debe suspender la tramitación de la causa, y si su estado lo torna peligroso, para sí o para los terceros, debe ordenar la internación de aquél en un establecimiento adecuado, cuyo director debe informar trimestralmente sobre el estado del enfermo.

La suspensión del trámite del proceso impide la declaración indagatoria o el juicio, según el momento que se ordena, sin perjuicio de que se averigüe el hecho o se persiga aquél contra los demás imputados.

Si curase el imputado, prosigue la causa a su respecto.



Provincia de Misiones Artículo 74 Código Procesal penal
Artículo 1 ...72 73 74 75 76 ...553

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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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