Código Procesal penal Artículo 522 Provincia de Misiones
Código Procesal Penal Misiones
Artículo 522. Incumplimiento
La revocatoria de la libertad condicional establecida en el Artículo 15 del Código Penal puede efectuarse de oficio o a solicitud del Ministerio Fiscal, del Patronato o del organismo que haga sus veces.
En todo caso, el liberado es oído y se le admiten pruebas, procediéndose en la forma prescripta por el Artículo 504 del presente Código.
Si el Tribunal lo estima necesario, el liberado debe ser detenido preventivamente hasta que se resuelva la incidencia.
Provincia de Misiones Artículo 522 Código Procesal penal
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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