Código Procesal penal Artículo 457 Provincia de Misiones
Código Procesal Penal Misiones
Artículo 457. Elevación a Juicio
Vencido el plazo para solicitar la suspensión del juicio a prueba o el sometimiento a juicio abreviado, sin que las partes formulen petición al respecto, el Agente Fiscal procede en el término de cinco (5) días a formular por escrito la requisitoria de elevación a juicio; del requerimiento de elevación a juicio se corre vista al defensor, quien puede oponerse en el término de tres (3) días, solicitando el sobreseimiento o el cambio de calificación legal. El auto de elevación a juicio es recurrible en los términos del Artículo 365 del presente Código.
Provincia de Misiones Artículo 457 Código Procesal penal
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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