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Código Procesal penal Artículo 430 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal Misiones
Artículo 430. Normas para el Debate

Además de las comunes, durante el debate se deben observar las siguientes reglas:

a) el debate se realiza a puerta cerrada, salvo lo dispuesto en el presente Artículo, Inciso b) y a él sólo pueden asistir el Fiscal, las partes, sus defensores, los padres, el tutor o guardador del menor y las personas que tienen legítimo interés en presenciarlo;

b) cuando también se juzga a un mayor de dieciocho (18) años, el debate se realiza a puertas cerradas durante la presencia del menor;

c) el imputado solo asiste al debate cuando es imprescindible, y debe ser alejado de él luego que se cumpla el objeto de su presencia;

d) antes de la discusión final, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 409 del presente Código, se deben leer los dictámenes expedidos por el Organismo Tutelar, y deben ser oídos los padres, el tutor o guardador del menor, las autoridades del establecimiento donde está internado o los delegados de libertad vigilada. En caso de ausencia de los últimos, sus declaraciones pueden suplirse con la lectura de los informes expedidos.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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