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Código Procesal Penal Artículo 340 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal Chubut
Artículo 340. Procedimiento posterior

Leído el veredicto, el juez declarará disuelto el jurado liberando de sus funciones a sus miembros y procederá, según los casos, de la siguiente manera: a) si el veredicto del jurado fuere de inocencia, dictará de inmediato y oralmente la absolución del acusado a que se refiera, ordenando, en su caso, la inmediata libertad, de todo lo cual quedará constancia en el acta. El procedimiento sólo proseguirá para determinar una medida de seguridad y corrección, cuando hubiere sido solicitada.

b) si el veredicto fuere de culpabilidad, el debate continuará, en la fecha de una nueva convocatoria, que fijará el presidente del tribunal, con la recepción de la prueba que se hubiere ofrecido para individualizar la pena o la medida de seguridad y corrección y establecer la responsabilidad civil en su caso. Terminada la recepción de prueba el presidente del tribunal procederá conforme al artículo 327, pero los informes se limitarán a fundar las consecuencias jurídicas del veredicto del colegio de jurados.



Provincia del Chubut Artículo 340 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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