Código Procesal Penal Artículo 118 Provincia del Chubut
Código Procesal Penal Chubut
Artículo 118. Función. Otros preventores
La policía judicial prevista en el artículo 195, II, inciso 4, C.Ch., actúa bajo la dirección del Ministerio Público Fiscal y es su auxiliar directo conforme lo establece la Constitución de la Provincia, este Código, las normas de la ley de su creación y la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal [L.O.M.P.F. ].
Reviste ese carácter la policía administrativa cuando actúa en la orbita del poder judicial en relación con la promoción y ejercicio de la acción penal.
Las previsiones de este capítulo son extensivas a cualquier autoridad pública que realice actos de policía o tenga el deber de colaborar en la investigación criminal.
Provincia del Chubut Artículo 118 Código Procesal Penal
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el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)
Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias
hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.
después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....
No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????
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