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Código Procesal Penal Artículo 309 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Código Procesal Penal Nacional
Artículo 309. Efectos de la sentencia sobre las medidas de coerción

La absolución del imputado que estuviera en prisión preventiva implicará su inmediata libertad y el cese de las restantes medidas de coerción que se le hubieren dispuesto.

Cuando recayere condena a una pena de prisión de cumplimiento efectivo respecto de un imputado que no estuviere en prisión preventiva, el Tribunal de Juicio deberá adoptar una o varias de las medidas de coerción previstas en el artículo 210 de este Código a los fines de asegurar el cumplimiento de la condena.

Durante la instancia de impugnación las partes podrán solicitar al Tribunal de revisión la modificación de las medidas de coerción que se le hayan impuesto al imputado.



Nacional Artículo 309 CPP
Artículo 1 ...307 308 309 310 311 ...397

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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


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