Código Procesal Laboral Artículo 162 Provincia de Santa Fe
Código Procesal Laboral Santa Fe
Artículo 162.
En los Distritos judiciales en que no hubiere sido creada una Oficina de Conciliación Laboral y de Ordenamiento del Proceso, podrán nombrarse en los juzgados Laborales existentes o de Fuero Pleno, Conciliadores Laborales. En este caso, los Conciliadores Laborales tomarán en forma personal la audiencia del Artículo 51 del presente Código, bajo sanción dé nulidad, ajustándose en lo pertinente al trámite dispuesto en el Título III Constitución y Desarrollo del Proceso, Capítulo II Desarrollo del Proceso, salvo en cuanto a los incidentes, los que podrán despachar con su sola firma en aquellos supuestos en los que no hubieren sido substanciados, con recurso de revocatoria ante el Juez en lo Laboral o de Fuero Pleno. En cualquier supuesto, debe entenderse en relación al procedimiento reglado, Juez en lo Laboral o de Fuero Pleno, cuando se expresa Juez en lo Laboral de Conciliación y Ordenamiento del Proceso.
Provincia de Santa Fe Artículo 162 Código Procesal del Trabajo
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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Código Procesal Laboral Santa Fe Artículo 123. Enunciación de supuestos de procedencia Código Procesal Laboral Santa Fe Artículo 115. Interposición Código Procesal Laboral Santa Fe Artículo 119. Conclusión de la causa Código Procesal Laboral Santa Fe Artículo 144. Composición y estructura Código Procesal Laboral Santa Fe Artículo 135. Procedencia del pronto pagoPublique la información de sí mismo
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