Código Procesal Laboral Artículo 104 Provincia del Chaco
Código Procesal Laboral Chaco
Artículo 104. Perentoriedad de los Plazos
Todos los plazos legales o judiciales son perentorios para las partes, incluso para los Ministerios Públicos, su vencimiento produce la pérdida del derecho que se ha dejado de usar, sin necesidad de declaración judicial ni petición de parte. En todos los casos deberán observarse los principios procesales de concentración, economía y celeridad procesal laboral.
Si este Código no fijare expresamente el plazo para la realización de un acto, lo señalará el Juez o Tribunal, de acuerdo con la naturaleza del proceso y la importancia de la diligencia.
Provincia del Chaco Artículo 104 Código Procesal Laboral
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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
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