Código Procesal Civil y Comercial Artículo 320 Provincia de San Luis
Código Procesal Civil y Comercial San Luis
Artículo 320. JUICIO SUMARIO
Tramitarán por juicio sumario:1 Los procesos de conocimiento que sean de competencia de la justicia de paz y los que a pesar de ser competencia de ella tramiten ante otros tribunales en razón del fuero de atracción.
2 Los procesos de conocimiento que excedan de la competencia mencionada en el inciso anterior, hasta la suma de m$n 500.000
3 Cualquiera sea su monto, las controversias que versen sobre:
a) Pago por consignación;
b) división de condominio;
c) cuestiones entre copropietarios surgidas de la administración, y las demandas que se promovieren por aplicación de la ley de propiedad horizontal, salvo cuando las leyes especiales establecieren otra clase de procedimiento.
d) Cobro de crédito por alquileres de bienes muebles;
e) Cobro de medianería;
f) Obligación de otorgar escritura pública y resolución de contrato de compraventa de inmuebles.
g) cuestiones relacionadas con restricciones y límites del dominio o sobre condominio de muros y cercos y, en particular, las que se susciten con motivo de la vecindad urbana o rural;
h) obligación exigible de dar cantidades de cosas o valores mobiliarios o de dar cosas muebles ciertas o determinadas;
i) suspensión del ejercicio de la patria potestad y suspensión y remoción de tutores y curadores;
j) pedido de fijación del plazo de cumplimiento de la obligación cuando no se hubiere señalado en el acto constitutivo, o si se hubiere autorizado al deudor para satisfacerla cuando pudiere o tuviere medios para hacerlo siempre que no se tratare de título ejecutivo;
k) daños y perjuicios derivados de delitos y cuasidelitos;
y de incumplimiento del contrato de transporte;
l) cancelación de hipoteca o prenda;
n) restitución de cosa dada en comodato.
3 Los demás casos que la ley establece.
Provincia de San Luis Artículo 320 Código Procesal Civil y Comercial
Mejores juristas





Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?
Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios