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Código Fiscal Artículo 40 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Fiscal Salta
Artículo 40. Presunción de Evasión Fiscal

Se presume el propósito de procurar para sí o para otros la evasión fraudulenta de las obligaciones fiscales, salvo prueba en contrario, cuando se presente cualquiera de los siguientes hechos o circunstancias:

1°) Contradicción evidente entre los libros, documentos o demás antecedentes con los datos contenidos en la declaración jurada.

2°) Manifiesta disconformidad entre los preceptos legales y reglamentarios y la aplicación que de los mismos hagan los contribuyentes responsables con respecto a sus obligaciones fiscales.

3°) Cuando las declaraciones juradas contengan datos falsos o se omitan consignar bienes, actividades u operaciones que constituyan o modifiquen hechos imponibles.

4°) Producción de informes o comunicaciones falsas a la Dirección con respecto a los hechos u operaciones que constituyen o modifiquen hechos imponibles.

5°) Cuando se llevan dos o más juegos de libros para una misma contabilidad con distintos asientos, o no lleven o exhiban libros, documentos o antecedentes contables cuando la naturaleza o el volumen de las actividades u operaciones desarrolladas no justifiquen tal omisión; cuando no se lleven los libros especiales a que se refiere el artículo 24 del Código Fiscal.

6°) Cuando quien resulte contribuyente o responsable omitiera inscribirse, no presenten las declaraciones juradas y no efectúe el pago del tributo adeudado, si por la naturaleza, volumen e importancia de las operaciones resulte que los mismos no podían ignorar su calidad de contribuyente o responsable y la existencia de las obligaciones emergentes de tal condición.

7°) Cuando se adopten formas o estructuras jurídicas manifiestamente inadecuadas, para desfigurar la efectiva operación gravada y ello se traduzca en apreciable disminución del ingreso tributario.



Provincia de Salta Artículo 40 Código Fiscal
Artículo 1 ...38 bis 39 40 41 42 ...387

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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