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Código Fiscal Artículo 110 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2025

Código Fiscal Salta
Artículo 110. Formas de Notificación

Salvo disposición especial las notificaciones, citaciones o intimaciones se efectuarán en cualquiera de las siguientes formas:

1°) Por cédula;

2°) Por carta certificada con aviso de retorno;

3°) Por telegrama colacionado;

4°) Por constancia firmada por el interesado en el expediente respectivo;

5°) Por edictos publicados por cinco (5) días en el Boletín Oficial.

El término establecido en este inciso no rige para los juicios de apremios administrativo y judicial.



Provincia de Salta Artículo 110 Código Fiscal
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Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558



por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar


estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


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