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Código Fiscal Artículo 68 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Neuquén
Artículo 68. Reducción de sanciones de pleno derecho. Condiciones para su vigencia

Si un contribuyente rectificare sus declaraciones juradas antes de corrérsele la vista de la resolución iniciando el procedimiento determinativo de oficio y de instrucción de sumario, la multa por omisión o por defraudación se reducirá de pleno derecho al tercio (1/3) del mínimo legal correspondiente.

Si la conformidad con la pretensión fiscal fuera manifestada durante el transcurso del procedimiento determinativo y sumarial, antes de dictarse la resolución final, las multas por omisión o defraudación se reducirán de pleno derecho a las dos terceras partes (2/3) del mínimo legal correspondiente.

En el caso que la determinación de oficio practicada por la Dirección fuera consentida por el interesado, la multa que le hubiere sido aplicada por omisión o defraudación quedará reducida de pleno derecho al mínimo legal.

Los beneficios establecidos en este artículo se otorgarán a cada contribuyente o responsable por una única vez, y estarán condicionados al ingreso del impuesto determinado y de la multa reducida.

Provincia del Neuquén Artículo 68 Código Fiscal
Artículo 1 ...66 67 68 69 70 ...325

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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