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Código Fiscal Artículo 47 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Código Fiscal Neuquén
Artículo 47. Conformidad del contribuyente o responsable con los ajustes de inspecció

Las liquidaciones practicadas por inspectores y demás empleados que intervienen en la fiscalización de los tributos no constituyen determinación administrativa de aquéllos, la que sólo compete al director provincial y subdirector provincial o a quien se designe para sustituirlo.

No será necesario dictar resolución determinativa de oficio de la obligación tributaria si con anterioridad a dicho acto el responsable prestase conformidad con las impugnaciones o cargos formulados, la que tendrá los efectos de una declaración jurada para el responsable. Queda expedita la vía de apremio en el supuesto de no efectuarse el pago en el término de quince (15) días de conformado el ajuste. Sin perjuicio de lo expresado en este párrafo, podrá iniciarse el sumario a los efectos de juzgar la conducta del contribuyente o responsable.

Provincia del Neuquén Artículo 47 Código Fiscal
Artículo 1 ...45 46 47 48 49 ...325

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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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