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Código Fiscal Artículo 259 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Código Fiscal La Pampa
Artículo 259. CONTRATOS DE SEGUROS

En los contratos de seguros el impuesto se liquidará según las alícuotas que fije la Ley Impositiva de acuerdo con las reglas que a continuación se establecen:

a) En los seguros elementales, sobre el premio que se fije por la vigencia total del seguro;

b) los endosos, cuando no transmiten la propiedad; los certificados provisorios; las pólizas flotantes y los contratos provisionales de reaseguro, estarán sujetos a un impuesto fijo que determinará la Ley Impositiva; y, c) en los certificados provisorios cuando no se emita la póliza definitiva dentro del plazo de noventa días, deberá pagarse el impuesto conforme a las normas establecidas en los incisos anteriores.

Provincia de La Pampa Artículo 259 Código Fiscal de La Pampa
Artículo 1 ...257 258 259 260 260 bis ...327

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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