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Código Fiscal Artículo 148 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Código Fiscal La Pampa
Artículo 148. FORMA DE LAS CITACIONES, NOTIFICACIONES, INTIMACIONES

Las citaciones, notificaciones e intimaciones de pago, serán practicadas en cualesquiera de las siguientes formas:

a) Por carta certificada con aviso especial de retorno: el aviso de retorno servirá de suficiente prueba de la notificación siempre que la carta haya sido entregada en el domicilio fiscal o constituido, aunque aparezca suscripto por un tercero;

b) Personalmente: dejándose expresa constancia de lugar, fecha y firma del interesado, en acta o en su caso en el expediente;

c) Carta documento;

d) Telegrama colacionado;

e) Cédula: en el domicilio fiscal o constituido del contribuyente o responsable;

f) Por comunicación informática, en los casos de domicilio fiscal electrónico, en la forma y condiciones que determine la reglamentación. Dicha notificación se considerará perfeccionada con la apertura del registro o en su defecto el día viernes subsiguiente a la puesta a disposición del archivo o registro que lo contiene.

Si no pudiera practicarse en la forma antedicha por no conocerse el domicilio del contribuyente, agente o responsable, se efectuará por medio de edictos publicados por dos (2) veces en el Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa, salvo otras diligencias que la Dirección pueda disponer para hacer llegar la notificación a conocimiento del interesado.

Las que se hicieren en contravención, serán nulas. Sin embargo, siempre que resulte de autos haberse tenido conocimiento de su contenido, surtirá efectos legales. Se presumirá este conocimiento cuando existan notificaciones personales de fecha posterior, escritos u otros actos que presupongan el conocimiento de la providencia notificada.-



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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