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Código Fiscal Artículo 112 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Formosa
Artículo 112.

Las exenciones de gravámenes establecidas por este Código, comenzarán a regir a partir del momento en que fueran solicitadas por el sujeto pasivo de la obligación fiscal, el cual debe reunir todos los requisitos exigidos por la ley, y conservarán su vigencia mientras no se modifique el destino, afectación, o condiciones de su procedencia y por el plazo que establezca la Dirección. Los contribuyentes beneficiados con las exenciones establecidas por este Código, quedan obligados a comunicar dentro de los diez (10) días de producido cualquier cambio que Importe variar las condiciones que dieran lugar a la exención. El incumplimiento de lo dispuesto precedentemente, hará pasable a los responsables de una multa por aplicación del artículo 39° del presente Código, sin perjuicio de las multas que pudieran corresponder por evasión y/o defraudación. Las exenciones se otorgarán de oficio y de pleno derecho cuando se trate del Estado Nacional, Estados Provinciales y las Municipalidades.



Provincia de Formosa Artículo 112 Código Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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