Código Fiscal Artículo 274 Provincia de Buenos Aires
Código Fiscal Buenos Aires
Artículo 274.
En los contratos de compra-venta de vehículos automotores, el impuesto se liquidará sobre el precio de venta o sobre el valor asignado al mismo a efectos del cálculo del impuesto a los Automotores correspondiente al año en el cual se produzca la operación, el que fuera mayor.
Cuando se trate de contratos de compraventa de motocicletas, motos y similares, el impuesto se liquidará sobre el precio de venta o sobre la valuación asignada al bien por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires -sobre la base de los valores que surjan de consultas a organismos oficiales o a fuentes de información sobre el mercado automotor-, el monto que fuera mayor.
Provincia de Buenos Aires Artículo 274 Código Fiscal
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Que pasa si en un control vehicular me hicieron un acta de infracción art 27 y me retienen la cédula de identificación del automotor y no regularice la situación , y en otro control me Salta con art 27 que se debe hacer en esta situación.?
Como se inicia la acción para solicitar judicialmente que el heredero acepte o renuncia la herencia
Buendia si el padre en todo momento desde que nacio un niño hasta los 8 años . Que llega el juicion de alimento se siente dagmificada , porque nunca que quizo realizar Adn y ahora no quieren que utilizen su apellido . Porque el considera que el estado lo obliga!!!
Algo de esto leí en la ciudad de Buenos Aires sobre el centro Cecilia Grierson y el Experimento Filadelfia.(Calle T.E).
Me llaman para contarme una deuda de hace 8 años .me jubilaron por discapacidad y no pude pagar más ya que me lo debutaban del sueldo. Que puedo hacer ???
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