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Código de Transito y Transporte Artículo 7.4.9 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 7.4.9. Medios de Pago

El  sistema  debe  admitir  distintos  medios  de  pago  de  la  tarifa,  conforme  lo  establezca  la reglamentación.  El  pago  en  moneda  de  curso  legal  y  mediante  el  empleo  de  telefonía  y/o dispositivos móviles está garantizado en toda la ciudad. En cada zona deberá existir más de un medio de pago.

Los medios alternativos de pago (SMS, Internet, etc.) tienen como finalidad posibilitar otras formas de percepción de las tarifas de estacionamiento regulado, que faciliten el pago por parte de los usuarios del sistema, en las modalidades que establezca la reglamentación.

El Sistema deberá admitir el abono de fracciones horarias de quince (15) minutos



Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 7.4.9 Código de Transito y Transporte
Artículo 1.1.1 ...7.4.7 7.4.8 7.4.9 7.4.10 7.4.11 ...15.2.7

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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?


El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar


Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


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