Código de Transito y Transporte Artículo 3.4.3 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 3.4.3. Manual del conductor
La autoridad de aplicación del presente código es la encargada de la actualización permanente del Manual del Conductor de la Ciudad de Buenos Aires.
El Gobierno de la Ciudad asegura la disponibilidad sin cargo alguno, para quien lo requiera, de ejemplares del citado manual en las escuelas estatales o privadas de cualquier nivel ubicadas en su territorio y en todas sus dependencias administrativas relacionadas con la temática del tránsito y el transporte que atiendan al público aunque sea en forma esporádica
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 3.4.3 Código de Transito y Transporte
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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