Código de Transito y Transporte Artículo 2.1.11 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 2.1.11. Volquetes
El uso de volquetes utilizados para transportar materiales y desechos de obras o para depositarlos momentáneamente en la vía pública, debe ajustarse a lo establecido en el artículo 5.14.4 del Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires . Sin perjuicio de ello, las Autoridades de Aplicación y de Control del presente código son las encargadas de las habilitaciones y del control de los requisitos, respectivamente, establecidos en el citado artículo
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 2.1.11 Código de Transito y Transporte
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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