Código de Justicia Militar Artículo 223 Argentina
Código de Justicia Militar
Artículo 223.
Antes de cerrar el sumario, el juez instructor solicitará de los médicos que asistan al herido, un informe respecto a su estado. Si el herido hubiere fallecido, los médicos expresarán en su certificación, si la muerte ha sido resultado de las heridas, o si reconoce otra causa. Si el herido ha curado, los médicos manifestarán: 1 El tiempo empleado en la curación; 2 El estado en que ha quedado a consecuencia de las lesiones; 3 Si ha quedado inutilizado para el trabajo y por qué tiempo; 4 En general, toda circunstancia que pueda influir en la calificación del delito.
Argentina Artículo 223 CJM Ley 14.029, 6 de Agosto de 1951
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?
Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios