Código de Aguas Artículo 147 Provincia de Salta
Código de Aguas Salta
Artículo 147. Limitaciones al dominio con motivo del uso del agua subterránea
Para las labores de exploración, estudio, control de la extracción, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas, las autoridades encargadas de tales tareas tendrán libre acceso a los predios privados, con autorización de propietario u orden judicial.
Para realizar perforaciones o sondeos de pruebas, muestras de suelos o tareas que demanden ocupación temporánea o permanente del suelo podrán establecerse restricciones administrativas, servidumbres o expropiaciones según se establece en el Título X de este Código.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Código de Aguas Salta Artículo 52. Obligaciones Código de Aguas Salta Artículo 313. Multas Código de Aguas Salta Artículo 281. Indemnización Constitución San Luis Artículo 65. Sentido, alcance y contenido Constitución San Luis Artículo 1. Forma de GobiernoRecomendados
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