Caja de Previsión Social para el personal del Banco (Caja de Previsión Social para el personal del Banco) Provincia de La Pampa
Caja de Previsión Social para el personal del Banco Provincia de La Pampa
- Artículo 1. La CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL BANCO DE LA PAMPA, se hará...
- Artículo 2. La Caja de Previsión Social para el Personal del Banco de La Pampa tendrá su...
- Artículo 3. La Caja tendrá por objeto el otorgamiento de las siguientes prestaciones o...
- Artículo 4. Queda obligatoriamente comprendido en el régimen de esta ley el personal del...
- Artículo 5. JUBILACION ORDINARIA
- Artículo 6. Tendrán derecho a la jubilación por invalidez, cualquiera fuere su edad y...
- Artículo 7. La invalidez que produzca en la capacidad laborativa una disminución del...
- Artículo 8. La posibilidad de sustituir la actividad habitual del afiliado por otra...
- Artículo 9. La solicitud de jubilación por invalidez podrá formularse hasta un (1) año...
- Artículo 10. Incumbe a los interesados aportar los elementos de juicio tendientes a...
- Artículo 11. La apreciación de la invalidez, total o parcial, se efectuar mediante...
- Artículo 12. La invalidez total y transitoria, que solo pruduzca una incapacidad...
- Artículo 13. La jubilación por invalidez se otorgar con carácter provisional,...
- Artículo 14. Cuando la incapacidad total no fuere permanente, el jubilado por invalidez...
- Artículo 15. En caso de muerte del jubilado o del afiliado en actividad o con derecho a...
- Artículo 16. El límite de edad fijado en los incisos a) y b) del artículo 15 no rige si...
- Artículo 17. Tampoco regirán los límites de edad establecidos en el artículo 15 para los...
- Artículo 18. Para la determinación de los beneficios de pensión se aplicarán los...
- Artículo 19. No tendrán derecho a pensión: El conyuge que, por su culpa o culpa de ambos,...
- Artículo 20. El derecho a pensión se extingurá: a) Por muerte del beneficiario o su...
- Artículo 21. El derecho a las prestaciones se rige en lo sustancial, salvo disposición...
- Artículo 22. Las prestaciones se abonarán a los beneficiarios: Las jubilaciones ordinarias...
- Artículo 23. Las prestaciones revisten los siguientes caracteres: - Son personalísimas y...
- Artículo 24. Cuando la resolución otorgante de la prestación estuviera afectada de nulidad...
- Artículo 25. Respecto a la prescripción del derecho a los beneficios se aplicarán las...
- Artículo 26. APORTES Y CONTRIBUCIONES
- Artículo 27. OPERATIVIDAD
- Artículo 28. Los aportes y contribuciones previstas en el artículo 26, tendrán el...
- Artículo 29. Con el Fondo de Capitalización Colectiva se pagar el Complemento...
- Artículo 30. Las Cuentas Individuales de Capitalización son fondos de un régimen de...
- Artículo 31. Los aportes personales, en el porcentaje establecido en el artículo 28, serán...
- Artículo 32. Todo beneficio previsional que se otorgue, jubilación ordinaria, jubilación...
- Artículo 33. En caso de fallecimiento de un afiliado activo sin que existan beneficiarios...
- Artículo 34. RESERVAS MATEMATICAS
- Artículo 35. FONDO DE CAPITALIZACION COLECTIVA
- Artículo 36. FONDO SOLIDARIO DE COBERTURA POR FALLECIMIENTO E INVALIDEZ
- Artículo 37. El Fondo de Fluctuación del Rendimiento de las Inversiones se formar con...
- Artículo 38. El Fondo de Fluctuación del Rendimiento de las Inversiones, es de afectación...
- Artículo 39. El importe máximo del Fondo de Fluctuación del Rendimiento de las...
- Artículo 40. Procederá la desafectación parcial del saldo del Fondo de Fluctuación del...
- Artículo 41. RESERVA PATRIMONIAL DE LA CAJA
- Artículo 41 bis. RESERVA PATRIMONIAL DE LA CAJA
- Artículo 42. INVERSIONES
- Artículo 43. Las fórmulas actuariales para el calculo de los beneficios deberán estar...
- Artículo 44. Los montos de los beneficios se calcularán en dos oportunidades: al otorgarse...
- Artículo 45. UBILACION ORDINARIA
- Artículo 46. JUBILACION POR INVALIDEZ Y PENSION POR FALLECIMIENTO
- Artículo 47. JUBILACION POR INVALIDEZ
- Artículo 48. PENSION
- Artículo 49. CAPITALES BASE DE INTEGRACION
- Artículo 50. INTEGRACION DE CAPITALES
- Artículo 51. CONTRATACION DE COBERTURAS
- Artículo 52. MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES
- Artículo 53. HABER ANUAL COMPLEMENTARIO
- Artículo 54. Se otorgará un "Complemento Previsional" igual a la suma que resulte de...
- Artículo 55. En los casos de fallecimiento de afiliado activo o de invalidez, la cantidad...
- Artículo 56. El porcentaje del Complemento Previsional será recalculado anualmente de...
- Artículo 57. El Complemento Previsional tanto para beneficios en curso como para...
- Artículo 57 Bis. Determinado el haber de la prestación, se otorgará un complemento adicional...
- Artículo 58. El gobierno y la administración de la Caja de Previsión Social para el...
- Artículo 59. El Directorio tendrá las siguientes funciones, sin perjuicio de las que le...
- Artículo 60. El Presidente del Directorio representa a la Caja, cita y preside las...
- Artículo 61. La designación de los representantes de los empleados en actividad para...
- Artículo 62. DE LA SINDICATURA
- Artículo 63. Los directores elegidos durarán cuatro (4) años en sus respectivos cargos,...
- Artículo 64. No pueden integrar el órgano de administración ni de fiscalización los...
- Artículo 65. Tanto el Directorio como la Sindicatura dictarán las resoluciones normativas...
- Artículo 66. La Memoria y el Balance General serán confeccionados por el Directorio y...
- Artículo 67. Las Asambleas ordinarias o Extraordinarias estarán constituidas por los...
- Artículo 68. La Asamblea, en reunión ordinaria o extraordinaria podrá sancionar hasta con...
- Artículo 69. Las Asambleas Ordinarias deberán considerar la Memoria y Balance General del...
- Artículo 70. Las Asambleas Extraordinaris podrán ser convocadas por el Directorio en...
- Artículo 71. La convocatoria a Asamblea Ordinaria y Extraordinaria deberá realizarse con...
- Artículo 72. Los textos a considerar por las Asambleas y la documentación necesaria...
- Artículo 73. La convocatoria a Asamblea Ordinaria o Extraordinaria deberá contener los...
- Artículo 74. La Asamblea sesionará validamente con la mitad más uno de los Delegados....
- Artículo 75. La Asamblea será presidida por el Presidnete del Directorio, salvo el caso en...
- Artículo 76. Todos los afiliados tendrán derecho a asistir a las Asambleas, con voz pero...
- Artículo 77. Los saldos de las cuentas de capitalización individual y las reservas...
- Artículo 78. La rentabilidad de las inversiones será la que se determine en el balance...
- Artículo 79. Anualmente, de la rentabilidad de las inversiones se acreditará el diez por...
- Artículo 80. Las reservas Matemáticas por Beneficios Vitalicios estará sujeta al mismo...
- Artículo 81. La Caja deberá disponer la realización de estudios económicos- financieros y...
- Artículo 82. Al momento en que se realice cada estudio a que se refiere el artículo...
- Artículo 83. La Caja podrá convenir con Obras Sociales o Sistemas de Medicina Prepaga, la...
- Artículo 84. Los ex agentes del Banco de La Pampa S.E.M. que se hubieran desvinculado del...
- Artículo 85. La Caja de Previsión Social para el Personal del Banco de La Pampa queda...
- Artículo 86. Cuando resulte de aplicación un Convenio de Reciprocidad, la Caja no...
- Artículo 87. Facúltase al Poder Ejecutivo para establecer un régimen diferencial que...
- Artículo 88. las resoluciones del Directorio, y del Presidente cuando actue por...
- Artículo 89. La Comisión Organizadora (Ley 1369), presentará al Poder Ejecutivo, dentro de...
- Artículo 90. Dentro de los quince (15) días corridos siguientes a la fecha de la asunción...
- Artículo 91. El patrimonio neto de la Caja al cierre anual posterior al momento en que se...
- Artículo 92. El balance correspondiente al primer ejercicio a partir de la vigencia de la...
- Artículo 93. Luego de realizadas las imputaciones conforme lo dispuesto en el artículo 91,...
- Artículo 94. Los aportes que se hubieran llevado a cabo en cumplimiento del artículo 11,...
- Artículo 95. El representante titular y suplente por los jubilados en el Directorio se...
- Artículo 96. El procedimiento electoral y las normas de funcionamiento de la Junta...
- Artículo 97. El requisito de años de servicios con aportes, establecido en el artículo 5,...
- Artículo 98. Los bienes de la Caja de Previsión Social para el Personal del Banco de la...
- Artículo 99. Derógase la Ley 1369; el artículo 21 de la Ley 1832 y la ley 1991.
- Artículo 100. La presente ley entrará en vigencia a partir del día primero del mes...
- Artículo 101. Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Mejores juristas





Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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