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Apruébase el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003 Artículo 69 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/07/2024

Apruébase el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003 Nacional
Artículo 69.

El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en uso de, las facultades del artículo 16 y en oportunidad de proceder, de conformidad con el artículo 13 de la presente ley, asignará los fondos suficientes para el cumplimiento de lo acordado en el punto IV del Convenio NACION - PROVINCIA DE CATAMARCA de fecha 20 de junio de 2002 y para lo establecido en el artículo 59 de la Ley N° 25.565 respecto de la PROVINCIA DE LA PAMPA, las sumas necesarias para cubrir las diferencias existentes respecto del convenio suscrito entre el gobierno de la Nación y la provincia de La Pampa, en la obra "Acueducto del río Colorado", de fecha 27 de mayo de 2002, y la cláusula segunda del convenio entre la Nación y la provincia de Santiago del Estero, de fecha 2 de febrero de 1999, ratificado por decreto 313, del 6 de abril de 1999. El jefe de Gabinete de Ministros dispondrá de acuerdo con las facultades del artículo 16 y dentro de los créditos autorizados a la Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación, un incremento de CINCO MILLONES DE PESOS ($ 5.000.000) a la Secretaría de Turismo y Deportes con destino al Programa 19, Fomento al Deporte Social y Recreativo. Asimismo reforzará con un importe de CUATRO MILLONES DE PESOS ($ 4.000.000) los créditos correspondientes al Programa de Restitución Ambiental de la Minería de Uranio (PRAMU), de la Comisión Nacional de Energía Atómica. ARTICULO 70. — El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en uso de las facultades del artículo 16 y en oportunidad de proceder de conformidad con el artículo 13 de la presente ley, asignará un importe de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 2.477.250), destinado a la implementación de un Programa Nacional de Desarrollo de Actividades Agrícolas No Tradicionales y de un importe de DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA PESOS ($ 2.675.140), destinado a un Programa Nacional de Suelos, ambos en Jurisdicción del Ministerio de la Producción y de UN MILLON DE PESOS ($1.000.000) destinado a reforzar los créditos del INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL dependiente del MINISTERIO DE LA PRODUCCION. ARTICULO 71. — Dentro de los créditos aprobados en el artículo 1º de la presente ley y, en uso de las facultades del artículo 16, el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrá incrementar en la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS ($ 4.536.000) el presupuesto asignado a la JURISIDICCION 25- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS -Programa 17 - Modernización de la Gestión Pública, destinada al cumplimiento de la Ley Nro. 25.506.



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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable


Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias


Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.


Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.


Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.


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