Apruébase el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003 Nacional
Apruébase el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003 Nacional
- Artículo 1. Fíjanse en la suma de SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES UN...
- Artículo 2. Estímase en la suma de SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA OCHO MILLONES...
- Artículo 3. Fíjanse en la suma de DIEZ MIL VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE...
- Artículo 4. Como consecuencia de lo establecido en los artículos 1°, 2° y...
- Artículo 5. Autorízase, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley...
- Artículo 6. Fíjase en DOS MIL CIEN MILLONES DE PESOS ($ 2.100.000.000) el importe máximo...
- Artículo 7. Autorízase al Poder Ejecutivo nacional, a través del MINISTERIO DE ECONOMIA,...
- Artículo 8. Fíjanse en la suma de DOS MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 2.500.000.000)...
- Artículo 9. Facúltase a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA a adecuar...
- Artículo 10. El beneficio extraordinario establecido en el artículo 1° de la Ley...
- Artículo 11. Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMIA a ofrecer BONOS DE CONSOLIDACION, dentro...
- Artículo 12. Autorízase al Poder Ejecutivo nacional a emitir
- Artículo 13. El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS distribuirá los créditos de la presente ley...
- Artículo 14. Autorízase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS para introducir ampliaciones en...
- Artículo 15. El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrá disponer ampliaciones en los créditos...
- Artículo 16. Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a disponer las reestructuraciones...
- Artículo 17. No se podrán aprobar incrementos en los cargos y horas de cátedra que...
- Artículo 18. Salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, las Jurisdicciones...
- Artículo 19. Los créditos del Inciso 1- Gastos en Personal vigentes de las Jurisdicciones...
- Artículo 20. El monto autorizado para la Jurisdicción 90 - SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA...
- Artículo 21. Autorízase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley...
- Artículo 22. Fíjase como crédito total para las Universidades Nacionales la suma de UN...
- Artículo 23. Autorízase al Poder Ejecutivo nacional a cancelar durante el año 2003 con...
- Artículo 24. Extiéndese para el presente ejercicio fiscal las disposiciones del artículo...
- Artículo 25. Suspéndese para el presente ejercicio la aplicación de las disposiciones del...
- Artículo 26. Sustitúyese el artículo 34 de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones por...
- Artículo 27. Establécese que las obras públicas incluidas en los presupuestos de las...
- Artículo 28. Dispónese el ingreso como contribución al TESORO NACIONAL de la suma de...
- Artículo 29. Fíjase en la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL PESOS ($...
- Artículo 30. Establécese que el producido de las tasas que integren recursos de los...
- Artículo 31. Fíjase el cupo anual a que se refiere el artículo 3° de la Ley N°...
- Artículo 32. Fíjase el cupo anual a que se refiere el artículo 9°, inciso b) de la...
- Artículo 33. Establécese como límite máximo la suma de CIENTO ONCE MILLONES SETECIENTOS...
- Artículo 34. Dentro del límite establecido por el artículo 6° de la presente Ley,...
- Artículo 35. Establécese como límite máximo la suma de NOVENTA Y CINCO MILLONES...
- Artículo 36. La cancelación de las deudas a que hacen referencia los artículos 34 y 35 se...
- Artículo 37. Establécese la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($...
- Artículo 38. A los efectos de la cancelación de las sentencias judiciales firmes...
- Artículo 39. Establécese, a partir de la fecha de vigencia de la presente Ley, que la...
- Artículo 40. El otorgamiento de nuevas Pensiones no Contributivas quedará supeditado a...
- Artículo 41. Las pensiones graciables otorgadas y las que hubieran sido prorrogadas por...
- Artículo 42. Prorróganse por DIEZ (10) años a partir de sus respectivos vencimientos las...
- Artículo 43. Sustitúyese el artículo 9° de la Ley N° 24.241 por el siguiente...
- Artículo 46. Dispónese la transferencia de la administración y atención del Régimen...
- Artículo 47. Apruébanse para el presente ejercicio de acuerdo con el detalle obrante en...
- Artículo 48. Las facultades otorgadas por la presente ley al JEFE DE GABINETE DE...
- Artículo 49. Disminúyese en la suma de TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES...
- Artículo 50. La aplicación, por parte de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del...
- Artículo 51. Sustitúyense los artículos 21 y 22 de la Ley N° 25.344 por el siguiente...
- Artículo 52. Sustitúyese el artículo 68 de la Ley N° 25.565, incorporado a la Ley...
- Artículo 53. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a disponer la constitución de...
- Artículo 54. Limítase para el ejercicio 2003 al CERO COMA CUATRO POR CIENTO (0,4%) el...
- Artículo 55. Agrégase al artículo 56 de la ley N° 25.237, incorporado a la Ley N°...
- Artículo 56. En caso de operarse el supuesto previsto en el artículo 27 de la Ley N°...
- Artículo 57. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en la oportunidad de proceder a la...
- Artículo 58. Dése por prorrogado al 31 de diciembre de 2001, la fecha de consolidación de...
- Artículo 59. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional durante el presente ejercicio a...
- Artículo 61. Facúltase al señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a reestructurar las...
- Artículo 63. A los efectos de atender el pago de las obligaciones vencidas y a vencer...
- Artículo 65. Dispónese dentro de los créditos aprobados por la presente ley la asignación...
- Artículo 68. El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en uso de las facultades del artículo 16 y...
- Artículo 69. El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en uso de, las facultades del artículo 16 y...
- Artículo 72. Determínase que la cancelación de obligaciones a que se refiere el artículo...
- Artículo 73. Disminúyese en la suma de VEINTIUN MILLONES CIEN MIL PESOS ($ 21.100.000) el...
- Artículo 75. Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las modificaciones...
- Artículo 76. El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a requerimiento de los Presidentes de...
- Artículo 77. Fíjanse los importes a remitir en forma mensual y consecutiva a las...
- Artículo 78. Autorízase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a efectuar las modificaciones en...
- Artículo 79. Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a disponer, en oportunidad de...
- Artículo 80. El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en uso de las facultades otorgadas por el...
- Artículo 82. Dentro de los créditos aprobados por el artículo 1°, dispónese...
- Artículo 83. Dispónese que dentro del total de los créditos aprobados por la presente ley...
- Artículo 84. Modifícase el artículo 75 de la Ley N° 25.565 incorporado a la Ley...
- Artículo 85. Dispónese, dentro de los créditos asignados a la JURISDICCION 70, MINISTERIO...
- Artículo 86. El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en uso de las facultades del artículo 16 y...
- Artículo 88. El producido de la venta de bienes muebles e inmuebles pertenecientes al...
- Artículo 89. Dispónese una compensación de NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS...
- Artículo 91. Consolídanse en el ESTADO NACIONAL, en los términos y con los alcances de la...
- Artículo 92. Disminúyese en la suma de SESENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS ($...
- Artículo 93. Establécese que el remanente al 31 de diciembre de 2002 originado en los...
- Artículo 95. Incorpóranse a la Ley 11.672, COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (T.O....
- Artículo 96. Detállanse en las planillas resumen N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 anexas...
- Artículo 97. Detállanse en las planillas resumen N°. 1a, 2a, 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a y...
- Artículo 98. Detállanse en las planillas resumen N° 1b, 2b, 3b, 4b, 5b, 6b, 7b, 8b y...
- Artículo 99. Facúltase al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a realizar todas las...
- Artículo 100. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL...
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Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias
hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.
después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....
No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????
Buenas tardes quiero hacer la siguiente consulta...
Tengo una nieta de 7 años reconocida por su papá biológico (mi hijo).El padre se separó de la mamá de mi nieta cuando ella tenia aproximadamente 3 añitos.
La madre de la niña estableció un vínculo con otro joven con el cual, tras un tiempo de convivencia con ella y mi nieta decide contraer matrimonio.
A partir de ese momento este hombre,ejerce sobre la sra la capacidad para lograr que ella ( aún existiendo un régimen de vinculación parental padre e hija homologada por un juez )evite por diversos medios la vinculación entre ambos.Cabe destacar que esta nueva pareja en el transcurso del tiempo tuvo un niño fruto de su unión y obviamente todos conviven en un mismo domicilio.
Luego de más de dos años (durante los cuales mi hijo agotó sus pocos recursos económicos en acciones judiciales oficiales y privadas sin éxito para la re vinculación con su hija) la sra reaparece en forma espontánea junto a, su ahora esposo legal, para solicitar al padre biológico que firme su conformidad para que este Sr solicite una Adopción por Integración Familiar.
Entiendo que el hoy, padrastro de mi nieta, es la figura paterna con la que convive desde hace aproximadamente 4 años y refiero también que este Sr cuenta con recursos económicos que favorecen su petición ante las autoridades judiciales.Lo contrario sucede con el padre biológico que perdió su empleo y hace tiempo subsiste ejerciendo trabajo informal por lo cual no puede proveer a su hija lo necesario desde lo económico como lo establecen las normas y ante esa situación de vulnerabilidad se ve coartado o presionado a firmar dicha autorización entendiendo que de ese modo contribuye a una mejor calidad de vida para su hija ( ejemplo una cobertura médica ).
Ante lo expresado mi consulta es: el padre biológico pierde con esta autorización ( en caso de que la justicia apruebe LA ADOPCIÓN POR INTEGRACIÓN pedida por el esposo de la mamá de la niña )sus derechos sobre su hija ?
Qué sucede respecto a sus deberes como padre biológico?
Qué sucede con la filiación de la niña .Es decir le pueden cambiar el apellido por el del pretenso adoptante ?
El adoptante asume toda potestad sobre la niña ( por ejemplo mudarse a otra provincia o incluso otro país sin requerir nada legal por parte del padre biológico?
Básicamente el padre biológico (con esta firma que solo otorga a fin de volver a ver a su hija )le otorga al adoptante todos sus derechos como padre sin reclamo alguno?
Agradezco por leerme
Aguardaré su respuesta.
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