Régimen Penal Juvenil Artículo 73 Provincia de Jujuy
Régimen Penal Juvenil Jujuy
Artículo 73. Definición
Finalidad. Finalidad. Se entiende por medida privativa de la libertad, toda forma de detención o encarcelamiento, así como la internación en un establecimiento público o privado del que no se permita salir al Adolescente por su propia voluntad, por orden de cualquier autoridad judicial y a efectos de cumplir la condena que le fuera impuesta en la sentencia. La finalidad de estas medidas debe atender a los objetivos fijados en la Constitución Nacional, la Constitución Provincial, las Reglas Mínimas de Naciones Unidas para la Administraci6n de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), las Reglas Mínimas de Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela), las Reglas de Naciones Unidas para Protección de los Menores Privados de la Libertad (Reglas de La Habana), la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional N° 24.660 y sus Decretos Reglamentarios.
Provincia de Jujuy Artículo 73 Régimen Penal Juvenil
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Sistema de Comunicaciones de Emergencia para Personas Sordas Catamarca Artículo 3. Otorgamiento de Licencias de Taxi para vehículos Ciudad de Buenos Aires Artículo 6. Establecen disposiciones en el Ejercicio de la Profesión del Instrumentador quirúrgico Buenos Aires Artículo 3. Creación del Consejo Político, Económico y Social Provincial Catamarca Artículo 7. Creación del Programa Alcoholemia Cero Chaco Artículo 2.Publique la información de sí mismo
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