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Régimen especial de regularización tributaria Artículo 12 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Régimen especial de regularización tributaria Catamarca
Artículo 12.

La tasa de interés de financiación aplicable será del uno con cincuenta centésimos por ciento (1,5%) mensual. Los planes de facilidades de pago comprendidos en el Artículo 7° celebrados hasta en tres (3) cuotas, no devengarán intereses de financiación. Cuando el pago de la totalidad de las cuotas concertadas se efectúe mediante la adhesión a débito automático en tarjetas de crédito o cuenta bancaria y/o descuento por planilla se otorgará un descuento adicional del tres por ciento (3%) sobre el monto de los intereses establecidos en el Artículo 75 del Código Tributario -Ley N° 5022-, y sus modificatorias.

Provincia de Catamarca Artículo 12 Régimen especial de regularización tributaria que se encuentren a cargo de la Administración general de Rentas
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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