Régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Nacional
Régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Nacional
- Artículo 1. Las disposiciones sobre reparación de los accidentes de trabajo y...
- Artículo 2. La reparación dineraria se destinará a cubrir la disminución parcial o total...
- Artículo 3. Cuando el daño se produzca en el lugar de trabajo o lo sufra el dependiente...
- Artículo 4. Los obligados por la ley 24.557 y sus modificatorias al pago de la reparación...
- Artículo 5. La percepción de las prestaciones en dinero, sea imputable a la sustitución...
- Artículo 6. Cuando por sentencia judicial, conciliación o transacción se determine la...
- Artículo 7. El empleador podrá contratar un seguro aplicable a otros sistemas de...
- Artículo 8. Derogado
- Artículo 9. Para garantizar el trato igual a los damnificados cubiertos por el presente...
- Artículo 10. La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) en forma conjunta con la...
- Artículo 11. El sistema de alícuotas deberá estar sujeto a lo normado por el artículo 26...
- Artículo 12. A los fines de una adecuada relación entre el valor de la cuota y la...
- Artículo 13. Transcurrido dos (2) años de la vigencia de la presente, la Superintendencia...
- Artículo 14. Para el supuesto de cobertura de la reparación fundada en otros sistemas de...
- Artículo 15. Los empleadores tendrán derecho a recibir de la Aseguradora de Riesgos del...
- Artículo 16. Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) deberán limitar su presupuesto...
- Artículo 17. 1. Deróganse los artículos 19, 24 y los incisos 1, 2 y 3 del artículo 39 de...
- Artículo 17 bis. Determínase que sólo las compensaciones adicionales de pago único,...
- Artículo 18. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES...
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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias
Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
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