Constitución Artículo 31 Provincia de Santiago del Estero
Constitución Santiago del Estero
Artículo 31. Veteranos de guerra
La Provincia deberá adoptar políticas orientadas a la asistencia y protección de sus veteranos de guerra, facilitándoles el acceso a la educación, como así también a la salud, el trabajo y a una vivienda digna.
Provincia de Santiago del Estero Artículo 31 Constitución
Mejores juristas





Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios