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Protección de áreas naturales provinciales Artículo 6 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Protección de áreas naturales provinciales Mendoza
Artículo 6.

Para la interpretación y aplicacion de lo establecido en esta ley, entiéndase por:

a) conservación: la sabia administración y uso de los ambientes silvestres, recursos naturales y fuentes productivas, sobre bases científicas y técnicas dirigidas a lograr su estabilidad, permanencia, productividad y rendimiento sostenido, a través de su estricta proteccion, manejo preservacionista y diversas modalidades de aprovechamiento;

b) proteccion: el amparo de cualquier unidad natural frente a modificaciones antropogeneas, dejándola librada a su evolución natural e interviniendo en esta solo en el caso que fuere necesario para evitar la destrucción o alteración irreversible de aquellas consideradas irreemplazables;

c) preservación: el mantenimiento del estado actual de cualquier unidad natural, perpetuando la etapa en que se encuentra, a través de un manejo por el hombre que adopte las medidas pertinentes para ese propósito;

d) uso extractivo: la acción de cosechar o extraer racionalmente el producto natural de determinados ambientes, cuyas especiales condiciones y características, permiten su explotación;

e) uso controlado: el regulado y ordenado aprovechamiento de ambientes y recursos naturales, sustentando en bases científicas y determinantes de la magnitud de su utilización, sea esta de tipo extractiva o no extractiva;

f) uso restringido: reducir al mínimo la utilización, extractiva o no extractiva de los ambientes y recursos silvestres, circunscribiendo la acción humana a aquellas actividades que mejor se ajusten y correspondan a las características, aptitudes y necesidades del medio natural.



Provincia de Mendoza Artículo 6 Protección de áreas naturales provinciales
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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