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Protección de áreas naturales provinciales Artículo 5 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Protección de áreas naturales provinciales Mendoza
Artículo 5.

Los objetivos generales que justifican las normas de la presente ley, son las siguientes:

a) conservar ambientes silvestres, destacados por su pristinidad y representatividad biogeográfica;

b) proteger y preservar las comunidades y especies de animales y plantas, especialmente las de mayor valía; y regular el goce de la vida silvestre, que no admite la presencia de un numero elevado de personas, ni una influencia negativa para sus ambientes;

c) conservar destacados paisajes, bellezas escénicas, rasgos fisiográficos y formaciones geológicas;

d) conservar en el estado mas natural posible, ambientes o muestras de sistemas ecológicos, para contribuir al mantenimiento de la diversidad biológica, asegurar la existencia de reservorios genéticos, y disponer de permanentes patrones de referencia, respecto de los ambientes modificados por el hombre;

e) resguardar los sistemas ecológicos o especies que para su supervivencia requieren un manejo activo por el hombre, y ciertas especies importantes, raras, amenazadas o comprometidas de plantas y animales que, sin medidas de rigurosa proteccion o preservación, podrían desaparecer;

f) contribuir a la racional conservación de los ecosistemas naturales;

g) conservar determinados ambientes naturales sometidos a diversos grados de transformación por el hombre, áreas con valores culturales y naturales asociados, o ciertas estructuras artificiales, por su interés agrario, científico turístico, antropológico o histórico;

h) preservar en su estado actual, paisajes de excepcional belleza o valor creados por el hombre, considerando en particular la creciente desaparición de los modos de vida que los originaron;

i) proporcionar oportunidades para fomentar en las personas el conocimiento de los valores citados,y también para que accedan al goce de paisajes naturales, vegetación, vida animal y recreo al aire libre, por medios y en lugares adecuados.

j) proteger las cuencas hidrográficas, a fin de asegurar la cantidad, calidad y flujo de aguas necesarias para el mantenimiento de las condiciones ecológicas de las áreas naturales protegidas.

k) establecer y promover áreas naturales protegidas cerca de los centros urbanos, para solaz y disfrute de la población en convivencia con la naturaleza.

l) promover la transferencia de los resultados de las tareas de investigación generalizables al uso de los demás recursos de la provincia y compatibilizar su uso.

ll) promover la participación de los integrantes de la comunidad en forma directa a través de los órganos que la representen.

m) promover, facilitar y realizar acciones relacionadas con la educación ambiental y su difusión.

n) los que fije al respecto la red nacional de cooperación técnica en áreas naturales protegidas.

ñ) promover, facilitar y apoyar las investigaciones científicas en cualquiera de sus formas en las áreas naturales protegidas.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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